¿QUÉ ES EL CONSEJO ESTATAL DE BIOÉTICA DE ZACATECAS?
El Consejo Estatal de Bioética de Zacatecas es un órgano desconcentrado los Servicios de Salud de Zacatecas, dotado de autonomía técnica y operativa, el cual tiene por objeto estudiar, aconsejar, asesorar, enseñar y normar la cultura bioética en atención de la salud, con la participación de la sociedad.
El Consejo Estatal de Bioética de Zacatecas, tiene como finalidad estudiar, promover y vigilar los principios y valores bioéticas, en beneficio de la asistencia médica, investigación y formación de recursos humanos y ciencias de la vida. Es, por lo tanto, un órgano consultivo orientador que promueve la práctica clínica humanitaria y empática hacia el paciente, preservando el máximo respeto a su dignidad, pero cuidando además de la integridad y dignidad del personal de salud. Dado este carácter, es importante destacar que de ninguna manera se trata de un órgano auditor ni sancionador de la práctica clínica.
¿CÓMO SE CONFORMA EL CONSEJO ESTATAL DE BIOÉTICA DE ZACATECAS?
El Consejo Estatal de Bioética de Zacatecas está integrado por un Consejo y una Comisión.
El Consejo se integrará por personas con experiencia reconocida en el campo de la Bioética, según lo siguiente:
I. Un presidente.
II. Un secretario técnico.
III. Seis consejeros ciudadanos, en las profesiones siguientes:
a) Licenciado en Derecho;
b) Médico;
c) Psicólogo;
d) Filósofo;
e) Licenciado en Enfermería; e
f) Investigador en Ciencias de la Salud; y
IV. Seis consejeros de instituciones educativas y asociaciones civiles, las cuales tendrán derecho a voz, pero no a voto.
La Comisión, por su parte, estará integrada por personal de los Servicios de Salud de Zacatecas con experiencia académica en el campo de la Bioética, según la siguiente estructura:
I. Dirección General;
II. Coordinación Administrativa;
III. Coordinación de Comités de Ética en Investigación;
IV. Coordinación de Comités Hospitalarios de Bioética;
V. Coordinación de Capacitación en Bioética; y
VI. Coordinación de Políticas Públicas de Salud y Bioética.
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO ESTATAL DE BIOÉTICA DE ZACATECAS?
Entre las funciones de los integrantes del Consejo Estatal de Bioética de Zacatecas (Concejales), se encuentran:
I. Establecer las políticas públicas de salud vinculadas con la temática de bioética;
II. Fungir como órgano de consulta Estatal sobre temas específicos de bioética que sean de importancia social o académicas para el bien social;
III. Invitar a participar a distinguidas personalidades de la sociedad civil y de la comunidad médica e intelectual, como asesores en materias que así lo requieran;
IV. Conocer e investigar a petición de parte o de oficio presuntos dilemas o diferendos bioéticas por actos u omisiones de los prestadores de atención a la salud o de investigación en la salud y en su caso emitir recomendaciones;
V. Identificar y sistematizar los elementos que inciden en una cuestión bioética, a fin de ofrecer información pertinente sobre los mismos, a instituciones, grupos sociales o cualquier otro sector interesante;
VI. Coadyuvar para que el derecho a la salud se haga efectivo en los temas de bioética e investigación para la salud;
VII. Propiciar debates en la búsqueda de consenso sobre cuestiones bioéticas, con la participación de los diversos sectores de la sociedad;
VIII. Fomentar la enseñanza de la cultura bioética, particularmente en lo que respecta a la asistencia médica y la investigación para la salud;
IX. Promover, establecer y difundir criterios en las instituciones de salud públicas y privadas, que organicen las funciones de los comités hospitalarios de bioética y comités de ética en asistencia e investigación, con las facultades que les otorguen las disposiciones jurídicas aplicables, así como apoyar la capacitación de sus miembros para el desarrollo de sus actividades;
X. Organizar y participar en actividades de investigación y de docencia vinculadas con su objeto;
XI. Validar los dictámenes sobre los protocolos de investigación en salud que deberán someterse a su consideración en el ámbito de su competencia;
XII. Suscribir convenios de colaboración que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto;
XIII. Fomentar la comunicación con universidades, instituciones de educación, asociaciones religiosas, grupos académicos y sociedad civil en cuestiones bioéticas;
XIV. Establecer actividades de difusión y comunicación social en la materia;
XV. Vigilar la aplicación de criterios bioéticas a nivel intersectorial en cuestiones relacionadas con la salud, en materia de alimentos, agua, medio ambiente, educación, entre otras.
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN?
Entre las funciones de los integrantes de la Comisión Estatal de Bioética de Zacatecas, se encuentran:
I. Proporcionar apoyo material necesario al Consejo, durante la celebración de sus reuniones de trabajo, foros, consultas, investigaciones y debates relacionados con el cumplimiento de su objetivo;
II. Gestionar los recursos humanos, materiales y financieros, aprobados en el programa anual de actividades;
III. Rendir informes a la Dirección General de Servicios de Salud de Zacatecas, así como al Consejo;
IV. Ser el vínculo con la Comisión Nacional de Bioética;
V. Participar en las reuniones nacionales y regionales, con la finalidad de analizar, programar y generar políticas públicas en salud desde la bioética;
VI. Formular los planes y proyectos de trabajo, dictámenes, opiniones e informes requeridos por el Consejo;
VII. Fomentar la creación de comités en las instituciones públicas y privadas de atención e investigación de la salud, así como en otras afines;
VIII. Notificar a la Comisión reportes y actualizaciones de los registros de Comités;
IX. Recopilar información relevante sobre el trabajo que realizan los Comités en el Estado;
X. Implementar acciones que permitan la difusión y enseñanza de la cultura bioética, dentro de su esfera de competencia;
XI. Promover los fundamentos de la bioética a través de la organización y desarrollo de actividades académicas, de investigación y docencia vinculadas a los objetivos del Consejo;
XII. Vincularse con las instituciones educativas para la elaboración de planes y programas de enseñanza en bioética;
XIII. Diseñar, elaborar y proponer ante el Consejo e instancias correspondientes políticas públicas en materia de Bioética, orientadas a usuarios e instituciones relacionadas con ciencias y cuidado de la vida;
XIV. Ser el enlace con las instituciones gubernamentales y Organismos No Gubernamentales para el diálogo relacionado con la materia.
NORMATIVIDAD VIGENTE
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